Legislación laboral
La norma que reglamenta las condiciones laborales es el Código de Trabajo tunecino, aprobado por la Ley de 30 de abril de 1.966: ![]()
El Capítulo II del Libro VII de dicho código regula las condiciones de empleo de trabajadores extranjeros (artículos 258 a 271): ![]()
Fuentes recomendadas:
Reglamentación de trabajo en Túnez:
y ![]()
El contrato de trabajo y condiciones de despido
Los contratos de trabajo se rigen por la ley y se complementan con los convenios colectivos y la negociación individual.
Los formalismos del contrato de trabajo son muy rígidos, aunque las restricciones al despido y a la contratación son algo más flexibles.
Salario
Las obligaciones salariales están recogidas en los artículos del 134 al 151 del Código de Trabajo tunecino. El salario mínimo en régimen de 48 horas semanales es de 301,808 DT/mes (12 mensualidades). El salario mínimo en régimen de 40 horas semanales: 259,476 DT/mes (12 mensualidades).
Jornada laboral y vacaciones
La semana de trabajo legal en Túnez puede ser de 40 o 48 horas. Por lo general, comienza el lunes y termina el viernes para el régimen de 40 horas o los sábados para el régimen de 48 horas, siendo el domingo el día de descanso semanal. Algunas empresas privadas no trabajan el viernes por la tarde, pero sí el sábado por la mañana.
El horario de apertura de las oficinas de la Administración del Estado es de lunes a sábado, hasta las 12h, con cierre los viernes por la tarde.
Durante los meses de julio y agosto, las administraciones y muchas empresas aplican el horario continuo de 7:30 a 13:30. Este horario se aplica también durante el mes de Ramadán.
Las vacaciones anuales varían de 12 a 30 días por año, más 9 días festivos remunerados. Los trabajadores en Túnez tienen derecho a 30 días naturales de vacaciones al año (2,5 días por mes/12).
Permisos: maternidad, enfermedad, accidente de trabajo.
El organismo encargado de la prevención de los riesgos laborales y de la cobertura de los riesgos por accidente de trabajo y enfermedad profesional es la Caisse Nationale d’Assurance Maladie – Siege social ![]()
Para consultar la legislación vigente en materia de protección por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales para asalariados del sector no agrícola puede consultarse:![]()
Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Túnez
El Convenio de Seguridad Social entre España y Túnez se firmó en 2001 (BOE N.º 309 de 26 de diciembre de 2001) y entró en vigor el 1 de enero de 2002. Es aplicable a los españoles y tunecinos que trabajen o hayan trabajado en ambos países y a sus familiares y supervivientes. Asimismo se aplica a refugiados y a apátridas que residan habitualmente en uno de los dos países, así como a los miembros de sus familias y supervivientes. El convenio se aplica a trabajadoras y trabajadores asalariados y no asalariados de los sectores agrícolas y no agrícola y a sus beneficiarios.
Para más información sobre su contenido puedes consultar los siguientes enlaces:
El organismo español que gestiona el convenio es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), y por la parte tunecina la Caisse Nationale de Sécurité Sociale (CNSS)
Para conocer las prestaciones incluidas en el convenio, puede consultar: ![]()
Régimen de Seguridad Social en Túnez
En el régimen de seguridad social en Túnez se distinguen varios tipos de regímenes distintos al general, como son el complementario, y el de autónomos y el agrícola. En este último existen dos coberturas diferenciadas para trabajadores y trabajadaoras y para empresariado agrícola.
Afiliación
Toda empresa establecida en Túnez tiene la obligación de estar afiliada a la CNSS, debiendo dar de alta a sus trabajadores y trabajadoras en el plazo máximo de un mes desde el inicio efectivo de la relación laboral. La trabajadora o trabajador, puede solicitar su inscripción en caso de no haber cumplido la empresa con su obligación. Los y las trabajadoras por cuenta propia están facultados para asegurarse voluntariamente contra los riesgos de accidente de trabajo y enfermedad profesional.
Organización administrativa
“La Caisse Nationale de Sécurité Sociale (CNSS) es el organismo competente en materia de prestaciones por vejez, invalidez, muerte, supervivencia prestaciones familiares y desempleo.
Por su parte, competen a la Caisse Nationale d’Assurance Maladie (CNAM) las prestaciones por enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
Las prestaciones de la Seguridad Social tunecina
La Seguridad Social tunecina otorga las siguientes prestaciones que son dispensadas según las particularidades de cada régimen:
Para más información puedes visitar las páginas siguientes:
y ![]()
Trámites para el permiso de trabajo en Túnez
La persona extranjera que quiera trabajar en Túnez, debe solicitar al Ministerio de Formación Profesional y de Empleo tunecino uno de los siguientes documentos, dependiendo de la categoría del puesto que desea ocupar:
Puedes consultar los tipos de visado, la documentación necesaria y las oficinas para su presentación en la dirección siguiente: ![]()
Sectores específicos
En los siguientes ámbitos de actividad existen regulaciones específicas para el empleo de extranjeros.
Nuevas inversiones y exportación en estos enlaces
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Parques de actividades económicas![]()
Oficinas financieras y bancarias que trabajan con los no residentes![]()
Condiciones para el reconocimiento a efectos profesionales del título universitario en Túnez ![]()